¿Qué ocurre si ANECA considera que tu perfil encaja mejor en otra especialidad?
Durante el proceso de evaluación de una solicitud de acreditación PTU o CU ante ANECA, puede darse una situación que conviene conocer, pues es posible que ANECA considere que la comisión inicialmente seleccionada por la persona solicitante a la hora de formalizar la solicitud encaja mejor con otra especialidad.
En ese caso, tal como señalan los criterios de evaluación, el expediente puede ser reasignado a otra comisión.
¿Cuándo puede producirse una reasignación?
La reasignación se plantea cuando, durante el proceso de evaluación, la comisión considera que el perfil de la persona solicitante resulta más afín a una especialidad diferente de aquella a la que se presentó inicialmente la solicitud.
La comisión no realiza directamente la reasignación. En este supuesto, debe remitir el expediente a la persona titular de la dirección de ANECA, que será quien decida la reasignación a otra comisión.
Un aspecto especialmente importante es que la reasignación no se produce automáticamente. Antes de resolver, ANECA debe notificar a la persona solicitante la propuesta de reasignación. A partir de la recepción de dicha notificación, dispone de un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones.
Esto permite a la persona solicitante explicar por qué considera que su expediente debería permanecer en la comisión inicialmente seleccionada o aportar los argumentos que estime pertinentes respecto de la propuesta de reasignación.
Hay que prestar especial atención al plazo, pues si transcurren los 10 días hábiles desde la recepción de la notificación y ANECA no recibe alegaciones, la reasignación se considera aceptada.
Por tanto, no responder dentro del plazo tiene consecuencias: se entiende que la persona solicitante acepta la propuesta de reasignación.
¿Dónde se presentan las alegaciones?
Las alegaciones deben enviarse a ANECA a través de su sede electrónica.
Por ello, si recibes una notificación de propuesta de reasignación, es recomendable revisar cuidadosamente:
- La comisión inicialmente seleccionada
- La especialidad a la que se propone reasignar el expediente
- Los motivos de la propuesta (si se indican)
- La fecha en la que recibiste la notificación
- El plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones
- El procedimiento habilitado en la sede electrónica para presentar la documentación.
En definitiva, el procedimiento puede resumirse así:
- La comisión detecta que el perfil puede ser más afín a otra especialidad
- El expediente se remite a la persona titular de la dirección de ANECA para su posible reasignación
- Se comunica a la persona interesada la propuesta de reasignación
- La persona solicitante dispone de 10 días hábiles para presentar alegaciones
- Las alegaciones se presentan mediante la sede electrónica de ANECA
- Si no se presentan alegaciones dentro del plazo, la reasignación se considera aceptada