El solicitante debe elaborar y presentar la siguiente documentación:

– Fotocopia del DNI.

– Solicitud.

– Declaración de veracidad http://www.aneca.es/Programas-de-evaluacion/Evaluacion-de-profesorado/ACADEMIA/Documentos-del-programa.

– Documentación acreditativa de los requisitos previos en cada caso [Título de Doctor // Nombramiento como TU // Exención].

– Hoja de servicios.

– Documentación acreditativa de los méritos aportados (tal como se indica en esta Guía de ayuda).

Una parte de la documentación acreditativa se podrá subir directamente a la aplicación informática (las cuatro aportaciones más relevantes, todos los méritos marcados como obligatorios, complementarios y específicos, el certificado de docencia impartida y el certificado de desempeño de cargos unipersonales), el resto de la documentación acreditativa puede entregarse en papel o en cualquier soporte electrónico (DVD, CD, CD-Rom, etc), en un único pdf que contenga los méritos de todo el CV, organizado siguiendo la misma estructura que los criterios de evaluación para facilitar su consulta a las Comisiones de Acreditación. En caso de que la documentación acreditativa en soporte digital sólo se refiera a parte de los méritos, deberá indicarse claramente en la carátula del DVD, CD o CD-Rom a qué méritos corresponden los documentos que contiene.

Desde el envío de la solicitud a través de sede electrónica hasta el envío del resto de la documentación no deberán transcurrir más de 20 días.

En todos los casos, un ejemplar de la solicitud, la documentación preceptiva y la documentación acreditativa de los méritos alegados que no se haya subido a la aplicación informática deberá enviarse a ANECA por una de estas vías:

  • Registro de ANECA: C/Orense nº 11, 7ª planta. 28020-Madrid.
  • Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local, en este último caso si se hubiese suscrito el oportuno convenio (artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
  • En las oficinas de Correos en la forma establecida