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Preguntas Frecuentes2019-02-15T10:14:30+02:00
¿Qué ocurre con la evaluación en ACADEMIA, donde las “estancias en el extranjero” son un mérito complementario?2020-12-28T14:01:21+02:00

En ACADEMIA, donde las estancias funcionan como méritos complementarios de investigación, las mismas se podrán sustituir por cualquier otro mérito complementario de investigación que se posea más de una vez.

¿Qué ocurre con evaluación de las “estancias en el extranjero” en el casos las personas con discapacidad que soliciten acreditación PAD?2020-12-28T14:00:58+02:00

Se eximirá a las personas con discapacidad muy grave de aportar los méritos de estancias en el extranjero, otorgándoles la máxima puntuación asignada en cada caso a dicho mérito;  Se eximirá a las personas con discapacidad grave de aportar el 75% de los méritos de estancias en el extranjero, otorgándoles el 75% de la puntuación asignada en cada caso a dicho mérito. El 25% restante, podrá obtenerlo por otros méritos que

saturen los méritos valorables en cada apartado; Se eximirá a las personas con discapacidad moderada de aportar el 50% de los méritos de estancias en el extranjero, otorgándoles el 50% de la puntuación asignada en cada caso a dicho mérito. El 50% restante, podrá obtenerlo por otros méritos que saturen los valorables en cada apartado.

 

¿Cómo se traducen estos principios en la evaluación docente?2020-12-28T13:59:37+02:00

En la valoración de la actividad docente se disminuirán las exigencias de méritos relativos a años de docencia y horas lectivas impartidas de manera proporcional a la duración de los periodos de permiso, excedencia o baja acreditados.

En los casos de evaluación negativa en el proceso de Acreditación, y con carácter previo a la resolución, ¿sería posible retirar el expediente en la fase de alegaciones y volver a presentarlo sin esperar 18 meses?2019-06-27T10:00:47+02:00

En virtud del RD 1312/2007, en el caso de desestimiento por parte del solicitante en el trámite de audiencia con informe negativo, podrían darse dos situaciones:

a) el desestimiento se acepta de plano y se declara concluso el procedimiento, pudiéndose presentar una nueva solicitud sin esperar 18 meses, de conformidad con lo dispuesto en los art. 90 y 91 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común;

b) el desestimiento podría considerarse fraudulento a los efectos, precisamente, de evitar el período de carencia de 18 meses, e inadmitir la solicitud con el fundamento del art. 15.7 del Real Decreto.

Es la ANECA quien debe tomar una decisión al respecto. Por ello, se recomienda dirigir la consulta a ANECA en su caso concreto.

Quiero presentar mi solicitud para el Cuerpo de Catedráticos y tengo 4 sexenios (tramos de investigación reconocidos), ¿debo cumplimentar todos los datos del apartado investigación?2019-09-05T07:54:20+02:00

Sí, actualmente bajo las previsiones del RD 415/2015 en el caso que describe también es necesario presentar y justificar todos los méritos obtenidos relativos a la actividad investigadora.

¿Qué documentación tengo que presentar en la ANECA?2019-04-04T12:24:27+02:00

El solicitante debe elaborar y presentar la siguiente documentación:

– Fotocopia del DNI.

– Solicitud.

– Declaración de veracidad http://www.aneca.es/Programas-de-evaluacion/Evaluacion-de-profesorado/ACADEMIA/Documentos-del-programa.

– Documentación acreditativa de los requisitos previos en cada caso [Título de Doctor // Nombramiento como TU // Exención].

– Hoja de servicios.

– Documentación acreditativa de los méritos aportados (tal como se indica en esta Guía de ayuda).

Una parte de la documentación acreditativa se podrá subir directamente a la aplicación informática (las cuatro aportaciones más relevantes, todos los méritos marcados como obligatorios, complementarios y específicos, el certificado de docencia impartida y el certificado de desempeño de cargos unipersonales), el resto de la documentación acreditativa puede entregarse en papel o en cualquier soporte electrónico (DVD, CD, CD-Rom, etc), en un único pdf que contenga los méritos de todo el CV, organizado siguiendo la misma estructura que los criterios de evaluación para facilitar su consulta a las Comisiones de Acreditación. En caso de que la documentación acreditativa en soporte digital sólo se refiera a parte de los méritos, deberá indicarse claramente en la carátula del DVD, CD o CD-Rom a qué méritos corresponden los documentos que contiene.

Desde el envío de la solicitud a través de sede electrónica hasta el envío del resto de la documentación no deberán transcurrir más de 20 días.

En todos los casos, un ejemplar de la solicitud, la documentación preceptiva y la documentación acreditativa de los méritos alegados que no se haya subido a la aplicación informática deberá enviarse a ANECA por una de estas vías:

  • Registro de ANECA: C/Orense nº 11, 7ª planta. 28020-Madrid.
  • Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local, en este último caso si se hubiese suscrito el oportuno convenio (artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
  • En las oficinas de Correos en la forma establecida
¿Qué proceso he de seguir para solicitar la evaluación a ANECA, como Profesor Titular o Catedrático de Universidad?2019-02-13T11:36:24+02:00

Para poder solicitar evaluación a ANECA, como Profesor Titular o Catedrático de Universidad le indico las páginas a través de las que podrá hacerlo y consultar toda la información relativa a este proceso:

¿Existen plazos o fechas para la presentación de los documentos o estos se pueden presentar en cualquier momento del año?2019-02-13T11:32:53+02:00

NO. La convocatoria está abierta durante todo el año

¿Dónde y cómo se presentan las solicitudes?2019-02-13T11:32:33+02:00

El acceso a las solicitudes en la nueva aplicación se realizará a través de los medios disponibles en la Sede Electrónica del Ministerio. Será necesario poseer un número de DNI o NIE digital.

Enlaces de interés: https://sede.educacion.gob.es/tramites/niveles-acceso.html

Siga allí todas las pautas y firme los documentos. Imprima también los documentos de resguardo.

Al intentar registrarme me dice que el usuario ya está registrado2019-02-13T11:31:58+02:00

Esto significa que ya hizo un registro anterior con una clave. Para recuperar la clave, use la opción “¿ha olvidado su contraseña?”. Se le enviará un mensaje a la dirección con la que se registró, recordándole su contraseña.

¿Cómo es el proceso de presentación telemática de la solicitud?2019-02-13T11:31:31+02:00

El acceso a las solicitudes en la nueva aplicación se realizará a través de los medios disponibles en la Sede Electrónica del Ministerio. Será necesario poseer un número de DNI o NIE. Enlaces de interés:

https://sede.educacion.gob.es/tramites/niveles-acceso.html

 

  1. Una vez cumplimentada la solicitud y completado el CV, en el apartado Mis SolicitudesAcciones, debe hacerla definitiva.
  2. A continuación deberá presentarla en el registro electrónico.
  3. Luego será redirigido al registro electrónico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para que registre su solicitud. El proceso consta de los siguientes pasos:
  • La primera página le presenta el texto a firmar, seguidos por una lista de ficheros adjuntos (en realidad su resumen SHA-1 y MD5, ver nota).
  • En la misma página verá un botón: «Firmar y registrar», debe pulsarlo para completar la operación.
  • Finalmente, cuando la operación termine con éxito, aparecerá una pantalla con el justificante de registro, que puede imprimir y conservar.
  1. Tenga en cuenta, que la actualización del estado de sus expedientes necesitará de al menos 24 horas. El registro realizado podrá consultarlo en el momento que lo desee en https://sede.educacion.gob.es/consultaregistro

 

No conozco los datos de algún campo obligatorio, ¿qué puedo hacer?2019-02-13T11:29:41+02:00

Cumplimente el campo con las siglas ND

En caso de que el área de conocimiento tenga varios campos ¿cómo debo proceder?2019-02-13T11:29:18+02:00

El interesado deberá indicar en la solicitud el área y el campo por el que desea ser evaluado. En el caso de que el área seleccionada esté adscrita a varios campos de evaluación, el solicitante deberá indicar sólo aquel por el que desea ser evaluado. Para completar este apartado el solicitante debe consultar el Anexo III de la Resolución de la DGU de 18 de febrero de 2005 (BOE nº 54, de 4 de marzo de 2005), donde se recoge el Catálogo de Áreas de Conocimiento distribuidas entre los distintos Comités y campos de evaluación de la Agencia, para cada una de las figuras contractuales

¿Se pueden volcar los datos del CV introducidos en la aplicación informática del programa PEP a ACADEMIA?2019-02-13T11:28:07+02:00

Sí. Lo primero que se debe hacer es registrarse en la aplicación a través de la cual se va a solicitar la acreditación nacional para titular o catedrático
https://srv.aneca.es/Academia

Al registrarse en la aplicación, le pedirá el NIF y su correo electrónico. Al introducir estos datos, la aplicación automáticamente detecta si su CV se encuentra en la base de datos del programa de evaluación de profesorado para la contratación; si es así, le consultará si quiere importar los datos que allí figuran. En caso de respuesta afirmativa, deberá señalar la misma dirección de correo electrónico que figura en la aplicación para la evaluación de profesorado para la contratación. Entonces el volcado de datos se hará en ese momento y de forma automática.

Una vez hecha mi solicitud, ¿puedo añadir o modificar mis datos?2019-02-13T11:27:46+02:00

Para que estas modificaciones se vean reflejadas en la solicitud, deberá hacer una nueva solicitud.

¿Cómo puedo solicitar información sobre el proceso?2019-02-13T11:27:19+02:00

El interesado puede solicitar información sobre el proceso de evaluación de profesorado a través de la página de la Secretaría General de Universidades https://www.educacion.gob.es/evalaneca/,

o de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación

www.aneca.es.

Si no encuentra aquí solución a su consulta, puede dirigir un correo electrónico a ayuda.solicitante@aneca.es.

¿Cómo puede conocer automáticamente el estado de mi expediente?2019-02-13T11:26:56+02:00

El solicitante puede consultar el estado en que se encuentra su expediente a través de la aplicación informática, en el apartado Mis Solicitudes, y conocer el resultado de su evaluación, identificándose con el nombre de usuario y contraseña que utilizó para la presentación de la solicitud en formato electrónico. Los posibles estados de un expediente son los siguientes:

  1. Sin Consolidar
  2. Pendiente de registro SGU 2. Registrado en SGU
  3. Pendiente de subsanación
  4. Pendiente de evaluación (fecha entrada en ANECA)
  5. Ampliación de documentación
  6. Evaluada (puede consultar resultado) (fecha salida de ANECA)
  7. Notificada resolución
¿Cuál es la documentación necesaria para solicitar la evaluación? ¿Dónde encontrarla?2019-02-13T11:26:37+02:00

El solicitante deberá presentar dos tipos de documentación: solicitud y copia de la documentación acreditativa de la titulación exigida y de todos los méritos que componen el historial académico.

Para ello, los interesados dispondrán de una herramienta informática, accesible desde la sede electrónica del Ministerio de Educación: Acceso al trámite: http://www.educacionyfp.gob.es/educacion-mecd/areas-educacion/profesorado/universitarios/acreditacion.html

He registrado mi solicitud. pero acabo de recibir la justificación de un mérito que no había podido incluir anteriormente ¿qué debo hacer?2019-02-13T11:26:13+02:00

Consulte el procedimiento para presentar nueva documentación en la cuenta de ayuda evalua.profesor@mecd.es

¿Qué tengo que hacer una vez obtenido el impreso de solicitud?2019-02-13T11:25:44+02:00

La solicitud de acreditación debe dirigirse a:

ANECA – Registro del Programa ACADEMIA

C/ Orense 11, 7ª Planta

28020 Madrid

junto con la documentación probatoria de cumplir los requisitos y de todos los méritos que indique el interesado en su currículo. Los documentos a presentar en papel son:

a) Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta NIE.

b) Impreso de solicitud por triplicado (se entregan dos ejemplares y el tercero se sella en el lugar de presentación de la documentación como justificante para el interesado). La aplicación informática genera las tres copias. Si no se utiliza la aplicación, los tres ejemplares del impreso de

Unidad de Evaluación de Profesorado 3 V. 0.1 – 14/11/2011

solicitud han de presentarse en papel obligatoriamente en el modelo establecido y que está disponible en la página web de ANECA.

c) Currículo del aspirante. No es necesario presentarlo en papel si se realiza la solicitud telemática. Si no se utiliza la aplicación, el currículo debe presentarse en papel, obligatoriamente en el modelo establecido y que está disponible en la página web de ANECA.

d) Autorización firmada por el solicitante para que ANECA pueda inscribir la solicitud y los datos del aspirante en el Registro de la Dirección General de Universidades.

e) Copia de la documentación probatoria de los requisitos exigidos en el RD 1312/2007 para optar a la acreditación solicitada. Esto es,

e.1) Para la acreditación al Cuerpo de Catedráticos de Universidad, copia del documento (título, nombramiento, copia del BOE) probatorio del requisito de Profesor Titular de Universidad o de Catedrático de Escuela Universitaria, o bien del certificado de exención de este requisito. Los Catedráticos de Escuela Universitaria deberán aportar también copia del Título de Doctor.

e.2) Para la acreditación al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, copia del título de doctor.

f) Copia de los documentos probatorios de todos los méritos que el aspirante incluya en su historial académico.

Las copias de los documentos anteriormente mencionados pueden entregarse como copias simples siempre y cuando vayan acompañadas de una declaración jurada del solicitante en la que asegure, relacionando explícitamente cada uno de los documentos, que la copia entregada responde fielmente al original, sin perjuicio de que puedan ser requeridos al interesado los oportunos documentos originales que acrediten la citada declaración.

g) Declaración jurada que ha de firmarse en el modelo establecido, disponible en la página web de ANECA. La declaración jurada debe ir acompañada de una relación exhaustiva de todos y cada uno de los documentos que se acompañan en copia simple.

¿Cuánto tiempo tarda ANECA en resolver una solicitud?2019-02-13T11:10:48+02:00

ANECA debe evaluar las solicitudes en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de recepción en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

¿Cómo funcionan las comisiones de acreditación de la ANECA?2019-02-13T11:10:25+02:00

En cada una de las comisiones, la decisión se toma colegiadamente, previa discusión a partir del informe de dos ponentes.

¿La evaluación positiva tiene plazo de caducidad?2019-02-13T11:10:06+02:00

No. Esta evaluación no está sujeta a plazo de caducidad alguno y tendrá efecto en todas las universidades españolas.

Si la evaluación es negativa, ¿puedo volver a solicitarla?2019-02-13T11:09:45+02:00

En caso de obtener una evaluación desfavorable, el plazo para presentar una nueva solicitud de acreditación  de TU o CU es de 18 meses, a contar desde la fecha de entrada de la solicitud anterior en el registro de ANECA.

¿Cómo recurrir una decisión negativa de su solicitud?2019-02-13T11:09:10+02:00

Ante la resolución de evaluación negativa, enviada por la SGU al interesado, éste podrá recurrir en alzada ante el Secretario General de Universidades del Ministerio de Educación en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación. Transcurrido este plazo, la Resolución de la Secretaría General de Universidades será firme a todos los efectos.

¿Quién examina mi reclamación? ¿La examina la misma comisión que denegó mi solicitud?2019-02-13T11:08:50+02:00

No. Existen comisiones específicas de reclamación. Su reclamación va a una comisión de reclamaciones, que es diferente a la comisión de evaluación.

Para solicitar una nueva evaluación en ANECA, ¿es necesario volver a adjuntar toda la documentación? ¿cómo debo hacerlo?2019-02-13T11:08:29+02:00

No es necesario que envíe de nuevo toda la documentación. El proceso que debe seguir es el siguiente:

1.-Actualice, en el CV que ha rellenado a través de la aplicación informática, los méritos nuevos que desee hacer constar.

2.-En esta misma Web, debe crear una nueva solicitud y validarla.

3.-Justifique documentalmente los méritos nuevos añadidos en su CV.

4.- Haga definitiva la solicitud consolidándola en la aplicación.

¿Quién evalúa al evaluador?2019-02-13T11:08:04+02:00

Esta es una buena pregunta. Se establece el carácter obligatorio de un sorteo para seleccionar a los miembros de las Comisiones, cuyo funcionamiento se regula por un Código Ético. No conocemos, sin embargo que la idoneidad del evaluador (y sus prejuicios) esté regulada.

¿Cómo se justifican los méritos alegados en el cv?2019-02-13T11:07:09+02:00

Todos los mértitos deberán ser acreditados mediante la aportación de la documentación pertinente, según las instrucciones que se detallan a continuación. Los documentos justificativos deberán incorporarse a la aplicación informática, entrando en el apartado Documentación Acreditativa y seleccionando en el desplegable Tipo de Documentación la categoría que le corresponda.

I. EXPERIENCIA INVESTIGADORA

I.1.Publicaciones científicas

I.1.A. Artículos en revistas

  •  Copia de la primera y última página del artículo.
  •  Copia de la(s) página(s) del índice del número o volumen de la revista (en el caso de que no figure en la primera página del artículo).
  •  En el caso de artículos en revistas no indexadas, aportar la acreditación de los denominados «otros indicios de calidad»

I.1.B. Libros y capítulos de libro

  •  Copias de portada y título, autores (o editores), créditos del libro (editorial, ISBN…), índice, año de publicación.
  •  En el caso de capítulos de libros, incluir además: primera y última página del capítulo, así como el índice de capítulos en el que figure la contribución del solicitante.

I.2 Participación en proyectos de investigación y/o en contratos de I+D

  •  Copia del documento oficial de concesión.
  •  Copias firmadas por la universidad o el responsable del proyecto en las que figure la documentación que soporte los datos incluidos en el CV.

I.3 Patentes y otros resultados de la investigación, especialmente los que produzcan transferencia tecnológica al sector productivo

  • Copia de los documentos oficiales de registro y concesión.
  • Copia de los documentos que acrediten la explotación de patentes.
  • Copia de los documentos que acrediten la transferencia de tecnología y otros resultados de I+D.

I.4 Tesis doctorales dirigidas

  • Certificado de la universidad en el que se incluya: nombre del doctor, título de la tesis, director(es), mención de doctorado europeo (en su caso) y mención de calidad del programa en el que se ha inscrito la tesis (en su caso).

I.5 Obras artísticas

  • Original (o copia) del folleto de la exposición.
  • Copia del catálogo publicado (carátula, índice, primera y última páginas).
  • Copias justificativas, en su caso, de premios recibidos, publicaciones

I.6 Contribuciones a congresos y conferencias científicas

  • Copia del resumen presentado.
  • Copia que acredite el tipo de participación.
  • En caso de publicación: copia de la carátula e índice y créditos de la editorial (ej. ISBN/ISSN), primera y última páginas de la contribución.
¿Se puede consignar un mismo mérito en diferentes apartados?2019-02-13T11:05:17+02:00

Al inicio del modelo de CV se indica que “un mérito susceptible de ser evaluado en dos apartados sólo podrá presentarse en uno de ellos”, por este motivo, el solicitante debe seleccionar la ubicación que le sea más favorable.

 

¿Qué méritos exactamente se me van a pedir para la acreditación y con qué criterios se rigen las comisiones de evaluación?2019-02-13T11:04:54+02:00

Los méritos de actividad investigadora y actividad docente específicos para cada ámbito  se hacen públicos cada 2 años en BOE. Los criterios  pueden descargarse de la página correspondiente de la ANECA.

¿Cuál es la diferencia entre méritos obligatorios, complementarios y específicos?2019-02-13T11:04:12+02:00

Los Méritos obligatorios  son suficientes para obtener la calificación A o B y, por lo tanto, acreditarse. Los Méritos complementarios sirven para compensar los méritos obligatorios, si estos últimos son insuficientes. Los Méritos específicos (sólo para acreditación CU) tienen carácter obligatorio, pues aportan información sobre liderazgo y reconocimiento externo.

¿Qué requisitos básicos debo cumplir para poder optar a la acreditación como CU?2019-02-13T11:03:28+02:00

Ser Profesor Titular de Universidad o Catedrático de E. U. con el título de Doctor. Pero también podrán optar a la acreditación aquellos doctores, con 8 años de antigüedad, que estén acreditados como PTU con Calificación A.

Si ya estoy acreditado como PTU, aunque no haya conseguido todavía una plaza de funcionario, ¿puedo optar a la acreditación como CU?2019-02-13T11:02:32+02:00

Sí, siempre que en la acreditación a PTU haya obtenido una calificación A y tenga 8 años de antigüedad como doctor.

¿Qué significado tienen cada una de las calificaciones del baremo alfabético aplicable al proceso de acreditación?2019-02-13T11:00:35+02:00

A, supone excelencia y no es necesaria para obtener la acreditación, pero podría compensar una calificación C en otra categoría evaluada  (A en investigación compensa, por ejemplo, C en Docencia).

B es suficiente para obtener la acreditación. Una calificación B en investigación y en docencia no hace necesario valorar otros méritos.

C, mérito insuficiente pero compensable por otra categoría de méritos mejor calificada.

D, insuficiente y no compensable. Impide la acreditación

E, circunstancia especial sólo aplicable a méritos docentes para aquellos que hayan desarrollado su carrera principalmente en una institución no universitaria o en una universidad no española cuyo nivel de docencia resulte difícil de evaluar.

¿Existe una tabla de posibles compensaciones de docencia, investigación o transferencia?2019-02-13T10:59:56+02:00

Sí. Este es el baremo para CU:

Y este el baremo para PTU:

¿Puedo solicitar acreditación como Catedrático de Universidad (CU), aunque no sea Profesor Titular (PTU)?2019-02-13T10:57:38+02:00

Sí. Pero el solicitante deberá estar acreditado como Profesor Titular y deberá obtener una calificación A en su evaluación como Investigador?

Si poseo una posición equivalente a las de PTU o CU en otro país miembro de la UE, ¿qué debo hacer?2019-02-13T10:57:13+02:00

Los solicitantes de certificación de haber alcanzado en una Universidad de un Estado Miembro de la Unión Europea, una posición equivalente a la de Profesor Titular o Profesor Catedrático (disposición adicional cuarta del RD 1312/2007), deberán presentar en ANECA la siguiente documentación:

– Escrito, con fecha y firma del interesado, solicitando dicha certificación, dirigido a la Directora de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).

– Acreditación documental por una autoridad competente de que el solicitante ha alcanzado en la Universidad de origen una posición igual o equivalente a la de cualquiera de los cuerpos docentes universitarios de España. En el caso de que el solicitante no pueda presentar este documento, ANECA solicitará su expedición a la Consejería de Educación de la Embajada de España en el país correspondiente.

– Acreditación documental por una autoridad competente de que la posición alcanzada supone un vínculo permanente para la persona que la ocupa con la Universidad o con el Estado del que ésta dependa.

Con el fin de facilitar la comprobación de las características de la posición que se desea acreditar, se deberá entregar también los siguientes documentos:

  • Copia del Título de Doctor.
  • En el caso que países donde así ocurra, documento que acredite el haber superado, para alcanzar la posición, un proceso selectivo por parte de un órgano externo a la propia Universidad.
  • Currículo en formato libre

Todos los documentos que no estén escritos en castellano deberán presentarse con traducción jurada.

Toda la documentación que no sea original y no esté cotejada, deberá ir acompañada por una declaración de veracidad del interesado.

¿Una acreditación A o una acreditación B suponen diferencias de rango o económicas para la persona acreditada?2019-02-13T10:56:46+02:00

No. Se trata simplemente de un baremo alfabético que permite hacer varias combinaciones de los méritos de docencia e investigación. Se exige que el CV de la persona que se acredite obtenga al menos una calificación B en docencia e investigación. Pero una calificación C en docencia, podrá ser compensada con una calificación A en investigación. Los méritos en Formación, Gestión, Transferencia y Actividad Profesional también podrían servir para subsanar deficiencias no graves en docencia e investigación (Calificación C).

¿Qué se debe mencionar en el apartado de «autoevaluación»?, ¿tiene que ser extensa la exposición?2019-02-13T10:56:13+02:00

En el apartado de “Autoevaluación” debe hacer un comentario crítico de los méritos más importantes de su CV. No se trata de enumerar los méritos que están reflejados en los ítems del CV, sino de engarzarlos en una línea coherente de investigación, señalar los puntos fuertes y también los puntos débiles, justificando carencias que a su juicio pueda tener su trayectoria docente, investigadora y profesional.

¿Puedo presentar como mérito una publicación que ha sido aceptada, pero aún no ha aparecido publicada?2019-02-13T10:55:50+02:00

Sí En caso de estar aceptada pero pendiente de publicación, presentar carta de aceptación de la Editorial o del Comité responsable.  Los correos electrónicos no son válidos.

¿Qué ocurre con un artículo que no esté publicado en revista indexada?2019-02-13T10:55:04+02:00

En el caso de que el artículo esté publicado en una revista no indexada, el solicitante deberá comentar si la revista cumple con los siguientes requisitos:

  •  Calidad informativa: identificación de los Comités editoriales y científicos, instrucciones a autores, información sobre el proceso de evaluación y selección de manuscritos, traducción de sumarios, títulos de los artículos, palabras claves, resúmenes en inglés y publicación de datos del proceso editorial.
  •  Calidad del proceso editorial: periodicidad, regularidad, arbitraje científico, revisores, anonimato en la revisión, instrucciones para la revisión, comunicación motivada de las decisiones, consejos de redacción y asesor.
  •  Calidad científica: porcentaje y tasa de aceptación de artículos de investigación. De autores no vinculados a la Intitución editora.
  •  Calidad de difusión y visibilidad: inclusión en bases bibliográficas, publicación en más de una lengua, repertoriios vinculados a la especialidad, etc..
¿Qué ocurre con un libro o capítulo de libro en editorial no recogida y medida en SPI?2019-02-13T10:51:35+02:00

Los indicios de calidad se concretarían en los siguientes aspectos:

  •  Textos fruto de la investigación o de reflexión bien documentada.
  •  El prestigio de la editorial, la colección donde se publica la obra y los editores (en su caso). En todo caso, se valorará positivamente que exista un riguroso proceso de evaluación y selección de los originales.
  •  Número de citas recibidas.
  •  Las reseñas en revistas científicas especializadas.
¿Son evaluables las ediciones de textos en humanidades?2019-02-13T10:50:36+02:00

En el campo de Humanidades, y específicamente en el ámbito filológico, son valoradas como monografías las ediciones críticas acompañadas del aparato de variantes textuales, del pertinente análisis codicológico y de un estudio razonado de la fijación del texto, con las notas del mismo.

¿Se pueden incluir como mérito en el CV los artículos pendientes de publicación?2019-02-13T10:46:40+02:00

Sí, los trabajos pendientes de publicación (pero ya aceptados) se incluyen en el apartado «Publicaciones científicas» y/o «libros y capítulos de libro», según de lo que se trate. Para justificar este mérito debe aportar copia de la carta de aceptación de la editorial o comité responsable. Los correos electrónicos no son válidos.

¿Se pueden señalar en el apartado “publicaciones científicas” los artículos publicados en revistas electrónicas?2019-02-13T10:46:08+02:00

Las publicaciones en revistas electrónicas se señalan en el apartado «Publicaciones científicas con proceso anónimo de revisión por pares», igual que si se tratara de una publicación clásica en formato papel. Para justificar documentalmente estas publicaciones debe adjuntar impresión del índice de la publicación y los créditos del material electrónico, e indicar la referencia explícita a la Web donde se puede consultar su artículo.

¿En qué apartado se señalan las reseñas publicadas en revistas científicas?2019-02-13T10:45:44+02:00

Este mérito debe incluirse en el apartado “Otros méritos relevantes de investigación no incluidos en los apartados anteriores”.

¿En qué apartado deben reflejarse las recensiones de libros?2019-02-13T10:45:20+02:00

Las recensiones o reseñas deben consignarse en el apartado “Otros méritos relevantes de investigación no incluidos en los apartados anteriores”.

¿Se pueden señalar los artículos de divulgación dentro del apartado “publicaciones científicas”?2019-02-13T10:44:43+02:00

Las publicaciones con fines divulgativos (artículos, libros, folletos de divulgación…) deben señalarse en el apartado “Otros méritos”. Como hay dos epígrafes: «Otros méritos docentes» y «Otros méritos de investigación», tiene que ser el solicitante el que decida la orientación, ya que la divulgación puede tener las dos vertientes.

¿Qué es un artículo de revisión?2019-02-13T10:43:56+02:00

Se trata de una recopilación crítica sobre una temática o una puesta al día (state of the art). No implica trabajo experimental.

¿Qué es una revista indexada?2019-02-13T10:43:26+02:00

Una revista indexada es una publicación incluida en bases de datos comerciales y que cumple ciertos criterios de calidad, tales como la calidad del contenido de la investigación, las características técnicas o formales, y el factor de impacto (media de veces que en un año determinado fueron citados los artículos publicados por esta revista en los dos años anteriores).

¿Se debe señalar en todas las publicaciones el índice de impacto de la revista?, ¿hay alguna base datos en Internet que lo facilite?2019-02-13T10:42:52+02:00

El apartado indicios de calidad de una publicación no es un campo de obligado cumplimiento, pero sí recomendable. En caso de que conozca el índice de impacto es conveniente que lo señale. Para algunos campos de conocimiento las revistas indexadas pueden consultarse a través de la Web ISI WEB OF KNOWLEDGE. http://www.accesowok.fecyt.es/.

 

¿Dentro del apartado indicios de calidad, qué año se debe considerar para calcular el factor de impacto de una publicación?2019-02-13T10:42:23+02:00

Debe indicar el índice de impacto de la revista en el año en que se realizó la publicación, o en su defecto del año más cercano.

¿Qué se entiende por número de citas y cómo se calculan?2019-02-13T10:39:00+02:00

Los índices de citas expresan el número de veces que un autor o una publicación han sido citados durante un determinado periodo de tiempo a partir de su publicación. Para calcular el número de citas de una publicación científica hay que consultar la publicación elaborada anualmente por el Institute for Scientific Information, ISI Journal Citation Reports (JCR):

http://www.accesowok.fecyt.es/login/ o puede dirigirse a los servicios de biblioteca de su universidad.

 

Dentro de dicha base de datos:

Seleccione la base de datos Web of Science.

Seleccione la búsqueda por referencia citada “Cited Reference Search”.

Escriba el apellido del autor y el título abreviado del libro o revista del cual desea obtener información del número de citas obtenido.

Marque las casillas de los ítems de los cuales desea ver las citas. Cada línea es una cita que se ha realizado, puesto que se puede citar una obra entera o una página concreta.

Cuando se hayan marcado las obras de las cuales desea obtener información debe hacer clic en Finish Search.

Aparecerá un listado con los resultados de artículos que citan dicha obra, dentro de cada uno de ellos aparece el número de citas “Times cited”.

¿Cómo obtener el área en el que se encuentra una publicación y qué lugar ocupa en la clasificación o en qué cuartil se encuentra?2019-02-13T10:38:12+02:00

Para conocer el área y cuartil de una publicación hay que consultar la publicación elaborada anualmente por el Institute for Scientific Information, ISI Journal Citation Reports (JCR):

http://www.accesowok.fecyt.es/login/

Dentro de dicha base de datos:

  • Escoja la edición: JCR Science Edition o JCR Social Sciences Edition (dentro del apartado Select a database o Additional Resources).
  • Seleccione la edición JCR Science Edition o JCR Social Sciencies Edition y elija el año de publicación de la revista. Seleccione Search for a specific journal.
  • Entre en la ficha de la revista y puede ver en qué categorías se encuentra (Subject Categories) y su factor de impacto.
  • Seleccione View Journal Summary List.
  • Ordene las revistas por factor de impacto: “sorted by Impact Factor” y haga clic en Sort again.
  • Dentro del listado de publicaciones debe buscar en qué posición se encuentra la revista de la cual quiere obtener información, y hacer el cálculo de a qué cuartil corresponde en función del número total de publicaciones obtenidas.
¿Dónde debo incluir las monografías?2019-02-13T10:37:25+02:00

Indíquelas en el subapartado “Libros” dentro de “Publicaciones científicas” y en el campo Título, a continuación del mismo, indique que se trata de una monografía.

¿Si mi tesis doctoral ha sido publicada puedo consignarla en el apartado “Publicaciones científicas”?2019-02-13T10:31:53+02:00

En principio debe consignar ese mérito en el apartado “Otros méritos de investigación”. Sólo en el caso de que la publicación derivada de la tesis sea una monografía que haya supuesto una profunda revisión y cambios sustanciales en la misma, podrá indicarlo en el apartado “Publicaciones científicas”.

En el caso de participación en proyectos como miembro del equipo (no como Investigador Principal). ¿Es necesario presentar la copia del documento oficial de concesión además de la certificación del responsable del proyecto donde dice que he sido contratado?2019-02-13T10:30:56+02:00

Siempre que sea posible es necesario ajustarse a lo señalado en la Guía de ayuda al solicitante para la justificación de méritos del CV. En el caso de no ser el investigador principal se puede presentar únicamente, para justificar el mérito, la copia firmada por la universidad o el responsable del proyecto en las que figure la documentación que justifique los datos incluidos en el CV.

La participación en congresos, cuando los resúmenes han sido publicados en revistas científicas, ¿se consideran dichos abstracts como publicaciones y, por tanto, se incluyen en el apartado de artículos en revistas?2019-02-13T10:27:23+02:00

Si se trata de una participación en Congresos se debe señalar en el apartado creado al efecto, es decir, «Contribuciones a congresos y conferencias científicas». En este punto hay además un apartado para los casos en que hayan sido publicadas las contribuciones, donde podrá señalar el ISSN o ISBN de dicha publicación.

¿Qué diferencia hay entre una ponencia y una ponencia invitada, en un congreso?2019-02-13T10:26:51+02:00

«Ponencia» es una propuesta de un científico que puede o no ser aceptada por el Comité Organizador de un Congreso, mientras que «ponencia invitada» implica que el Comité Científico Organizador ha tomado la iniciativa de contar con un experto.

Cuando la participación en un congreso ha sido con una comunicación oral ¿Qué opción se debe seleccionar en el CV?2019-02-13T10:26:09+02:00

Una comunicación oral en un congreso es equivalente a una ponencia.

¿Cómo justifico y autoevalúo mi docencia en el campo de 4000 caracteres de la aplicación?2019-02-13T10:23:55+02:00

Destaque los siguientes aspectos:

  • Antigüedad acreditada por hoja de servicios;
  • Evaluaciones positivas;
  • Diversidad de materias y variedad de docencia en ciclos diferentes de enseñanza reglada: grado, máster, seminarios especializados;
  • autor curso online en plataformas de prestigio (OCW, EdX, Coursera..);
  • Director de PFC, TFG, TFM, DEAS ;
  • Autor de publicaciones docentes en revistas indexadas;
  • Dirección de tesis doctorales que hayan generado aportaciones relevantes;
  • Participación en congresos docentes de calidad;
  • Proyectos de innovación docente competitivos con resultados contrastables;
  • Movilidad docente;
  • Docencia no reglada y cuantos otros aspectos crea necesario.
En el apartado «Puestos ocupados y docencia impartida», ¿qué se debe señalar en el punto “número de horas impartidas por curso” si se ha impartido diferente número de horas en diferentes cursos?2019-02-13T10:23:13+02:00

En el apartado “Puestos ocupados y docencia” dentro de la experiencia docente, debe rellenar una única ficha por cada asignatura impartida. En el campo Nº de horas por curso, señale el número de horas medio de todos los años.

 

Cuando se ha impartido la misma asignatura desde diferentes puestos, ¿cómo se cumplimenta en el CV?2019-02-13T10:22:27+02:00

En el apartado “Puestos ocupados y docencia” dentro de «Experiencia Docente», debe rellenar una ficha por cada asignatura impartida. En este caso, en el campo Denominación del puesto señale los diferentes puestos desde los que ha impartido esta asignatura de manera cronológica, separados por barras /.

 

¿Dónde se deben indicar los cursos impartidos tipo “extensión universitaria” (cursos cero, cursos de verano), así como los cursos en empresas e instituciones y cursos de especialización?2019-02-13T10:21:55+02:00

Deben indicarse en el apartado «Otros méritos docentes no incluidos en los apartados anteriores».

¿Dónde debo consignar los cursos impartidos que versen sobre metodología docente?2019-02-13T10:21:26+02:00

Debe señalarlos en el apartado «Cursos y seminarios impartidos orientados a la formación docente universitaria».

¿Qué diferencia hay entre los cursos que se deben señalar en el apartado “cursos y seminarios recibidos y participación en congresos orientados a la formación docente universitaria”, dentro de la experiencia docente, y los que deben señalarse en el apartado “cursos y seminarios de especialización”, dentro de la formación académica?2019-02-13T10:20:49+02:00

En el apartado I.10. “Cursos y seminarios recibidos y participación en congresos orientados a la formación docente universitaria” debe indicar los cursos recibidos sobre metodología docente, es decir cursos cuyo objetivo es la mejora de la práctica docente (por ejemplo, cursos tipo CAP).

Por otro lado, los I.19. “Cursos y seminarios de especialización” (excluidos los correspondientes al programa de doctorado) son aquellos cursos recibidos con contenidos propios de su campo de conocimiento cuyo objetivo es mejorar los conocimientos sobre una materia concreta.

¿En qué apartado del CV debería incluir la dirección de Proyectos Fin de Carrera?2019-02-13T10:19:40+02:00

La dirección de Proyectos Fin de Carrera o TFG, debe señalarse en el apartado II.6. del CV: «Otros méritos docentes no incluidos en los apartados anteriores».

En las ayudas y becas, y en las estancias en centros extranjeros hay que poner el número de meses: ¿Qué pongo cuando la ayuda es inferior a un mes?2019-02-13T10:19:09+02:00

La aplicación sólo permite poner un número entero mayor de cero, por lo que puede señalar un mes cuando la estancia haya sido de duración inferior a un mes, y redondee al número entero más cercano en el resto de los casos. El Comité al comprobar la documentación justificativa de los méritos que debe acompañar al CV, podrá ver la duración real de cada una de las estancias.

¿En qué apartado del CV se deben señalar las prácticas en empresas?2019-02-13T10:18:11+02:00

Si las prácticas en empresas han sido financiadas a través de alguna ayuda, debe detallarlo en el apartado “Ayudas y becas”. Si no es así y han estado dentro del periodo de formación universitaria, debe indicarlo en el apartado general «Otros méritos relevantes que el solicitante desea hacer constar no incluidos en apartados anteriores».

¿Dónde se señalan los cursos de idiomas?2019-02-13T10:17:36+02:00

Los cursos de idiomas (siempre que la docencia que se pretenda acreditar no esté relacionada con ellos) deben señalarse en el apartado «Otros méritos relevantes que el solicitante desea hacer constar».

¿Dónde debo consignar los cargos unipersonales o de gestión universitaria ocupados?2019-02-13T10:16:49+02:00

Debe consignar ese mérito en el apartado “Otros méritos docentes”.

¿Dónde debo incluir haber formado parte de un tribunal de tesis?2019-02-13T10:16:02+02:00

Debe consignar ese mérito en el apartado “Otros méritos de investigación”.

¿Qué papel juegan los méritos en la categoría de Transferencia / Actividad profesional de cara a la acreditación?2019-02-13T10:15:21+02:00

Los primeros sirven para compensar una calificación C en Investigación; los de actividad profesional pueden compensar una calificación C en Docencia.

¿Qué méritos pueden presentarse en la categoría de Transferencia / Actividad profesional para obtener la acreditación como CU o PTU?2019-02-13T10:14:51+02:00

Se valoran en Transferencia: el liderazgo o participación en proyectos de investigación competitivos que impliquen transferencia a empresas; las Patentes nacionales o internacionales; el Liderazgo en contratos artº 83 LOU; y Creación de empresas de base tecnológica. En el ejercicio de la actividad profesional se valorará el ejercicio profesional relevante, no simultáneo a su actividad a tiempo completo en la universidad.

¿Cómo se contabilizan los méritos de gestión?2019-02-13T10:13:48+02:00

En función de los años dedicados a la gestión, el solicitante podrá compensar una calificación C en investigación o una calificación C en docencia.

¿Qué proceso he de seguir para solicitar la evaluación a ANECA, como profesor contratado en las figuras que contempla la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (profesor contratado doctor, profesor ayudante doctor o profesor de universidad privada)?2019-02-12T15:56:59+02:00

Para poder solicitar evaluación a ANECA, como profesor contratado en las figuras que contempla la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (Profesor Contratado Doctor, Profesor Ayudante Doctor o Profesor de Universidad Privada), le indico las páginas a través de las que podrá hacerlo y consultar toda la información relativa a este proceso:

¿Existen plazos o fechas para la presentación de los documentos o estos se pueden presentar en cualquier momento del año?2019-02-12T14:11:30+02:00

No. La convocatoria está abierta durante todo el año.

¿Dónde y cómo se presentan las solicitudes?2019-02-12T14:10:57+02:00

El acceso a las solicitudes en la nueva aplicación se realizará a través de los medios disponibles en la Sede Electrónica del Ministerio. Será necesario poseer un número de DNI o NIE digital.

Enlaces de interés: https://sede.educacion.gob.es/tramites/niveles-acceso.html

Siga allí todas las pautas y firme los documentos. Imprima también los documentos de resguardo.

Al intentar registrarme me dice que el usuario ya está registrado2019-02-12T14:10:27+02:00

Esto significa que ya hizo un registro anterior con una clave. Para recuperar la clave, use la opción “¿ha olvidado su contraseña?”. Se le enviará un mensaje a la dirección con la que se registró, recordándole su contraseña.

 

No conozco los datos de algún campo obligatorio, ¿qué puedo hacer?2019-02-12T14:09:57+02:00

Cumplimente el campo con las siglas ND

En caso de que el área de conocimiento tenga varios campos ¿cómo debo proceder?2019-02-12T14:09:23+02:00

El interesado deberá indicar en la solicitud el área y el campo por el que desea ser evaluado. En el caso de que el área seleccionada esté adscrita a varios campos de evaluación, el solicitante deberá indicar sólo aquel por el que desea ser evaluado. Para completar este apartado el solicitante debe consultar el Anexo III de la Resolución de la DGU de 18 de febrero de 2005 (BOE nº 54, de 4 de marzo de 2005), donde se recoge el Catálogo de Áreas de Conocimiento distribuidas entre los distintos Comités y campos de evaluación de la Agencia, para cada una de las figuras contractuales.

¿Se pueden volcar los datos del CV introducidos en la aplicación informática del programa PEP a ACADEMIA?2019-02-12T14:09:03+02:00

Sí. Lo primero que se debe hacer es registrarse en la aplicación a través de la cual se va a solicitar la acreditación nacional para titular o catedrático
https://srv.aneca.es/Academia

Al registrarse en la aplicación, le pedirá el NIF y su correo electrónico. Al introducir estos datos, la aplicación automáticamente detecta si su CV se encuentra en la base de datos del programa de evaluación de profesorado para la contratación; si es así, le consultará si quiere importar los datos que allí figuran. En caso de respuesta afirmativa, deberá señalar la misma dirección de correo electrónico que figura en la aplicación para la evaluación de profesorado para la contratación. Entonces el volcado de datos se hará en ese momento y de forma automática.

 

¿Cómo es el proceso de presentación telemática de la solicitud?2019-02-12T14:08:29+02:00

El acceso a las solicitudes en la nueva aplicación se realizará a través de los medios disponibles en la Sede Electrónica del Ministerio. Será necesario poseer un número de DNI o NIE. Enlaces de interés:

https://sede.educacion.gob.es/tramites/niveles-acceso.html

  1. Una vez cumplimentada la solicitud y completado el CV, en el apartado Mis SolicitudesAcciones, debe hacerla definitiva.
  2. A continuación deberá presentarla en el registro electrónico.
  3. Luego será redirigido al registro electrónico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para que registre su solicitud. El proceso consta de los siguientes pasos:
  • La primera página le presenta el texto a firmar, seguidos por una lista de ficheros adjuntos (en realidad su resumen SHA-1 y MD5, ver nota).
  • En la misma página verá un botón: «Firmar y registrar», debe pulsarlo para completar la operación.
  • Finalmente, cuando la operación termine con éxito, aparecerá una pantalla con el justificante de registro, que puede imprimir y conservar.
  1. Tenga en cuenta, que la actualización del estado de sus expedientes necesitará de al menos 24 horas. El registro realizado podrá consultarlo en el momento que lo desee en https://sede.educacion.gob.es/consultaregistro
Una vez hecha mi solicitud, ¿puedo añadir o modificar mis datos?2019-02-12T14:08:06+02:00

Para que estas modificaciones se vean reflejadas en la solicitud, deberá hacer una nueva solicitud.

¿Cómo puedo solicitar información sobre el proceso?2019-02-12T14:07:33+02:00

El interesado puede solicitar información sobre el proceso de evaluación de profesorado a través de la página de la Secretaría General de Universidades https://www.educacion.gob.es/evalaneca/,

o de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación

www.aneca.es.

ANECA ha publicado en su página Web, la respuesta a aquellas preguntas que con más frecuencia se presentan a la hora de solicitar la evaluación preguntas frecuentes

http://www.aneca.es/Programas/PEP/PEP-documentos-de-ayuda

Si no encuentra aquí solución a su consulta, puede dirigir un correo electrónico a ayuda.solicitante@aneca.es.

¿Cómo puede conocer automáticamente el estado de mi expediente?2019-02-12T14:07:13+02:00

El solicitante puede consultar el estado en que se encuentra su expediente a través de la aplicación informática, en el apartado Mis Solicitudes, y conocer el resultado de su evaluación, identificándose con el nombre de usuario y contraseña que utilizó para la presentación de la solicitud en formato electrónico. Los posibles estados de un expediente son los siguientes:

  1. Sin Consolidar
  2. Pendiente de registro SGU 2. Registrado en SGU
  3. Pendiente de subsanación
  4. Pendiente de evaluación (fecha entrada en ANECA)
  5. Ampliación de documentación
  6. Evaluada (puede consultar resultado) (fecha salida de ANECA)
  7. Notificada resolución
¿Cuál es la documentación necesaria para solicitar la evaluación? ¿Dónde encontrarla?2019-02-12T14:06:56+02:00

El solicitante deberá presentar dos tipos de documentación: solicitud y copia de la documentación acreditativa de la titulación exigida y de todos los méritos que componen el historial académico.

Para ello, los interesados dispondrán de una herramienta informática, accesible desde la sede electrónica del Ministerio de Educación: Acceso al trámite: http://www.educacionyfp.gob.es/educacion-mecd/areas-educacion/profesorado/universitarios/pep.html#dg

He registrado mi solicitud. pero acabo de recibir la justificación de un mérito que no había podido incluir anteriormente ¿qué debo hacer?2019-02-12T14:06:28+02:00

Consulte el procedimiento para presentar nueva documentación en la cuenta de ayuda evalua.profesor@mecd.es

En caso de que el área de conocimiento tenga varios campos ¿cómo debo proceder?2019-02-12T14:06:03+02:00

El interesado deberá indicar en la solicitud el área y el campo por el que desea ser evaluado. En el caso de que el área seleccionada esté adscrita a varios campos de evaluación, el solicitante deberá indicar sólo aquel por el que desea ser evaluado. Para completar este apartado el solicitante debe consultar el Anexo III de la Resolución de la DGU de 18 de febrero de 2005 (BOE nº 54, de 4 de marzo de 2005), donde se recoge el Catálogo de Áreas de Conocimiento distribuidas entre los distintos Comités y campos de evaluación de la Agencia, para cada una de las figuras contractuales.

¿Se puede presentar una única solicitud para Ayudante y Contratado Doctor?2019-02-12T14:05:45+02:00

Sí. Una única solicitud sirve (marcando las casillas correspondientes) para solicitar evaluación simultánea.

¿Sirve la acreditación como Contratado Doctor para ser contratado como PAD o como PUP (Profesor Universidad privada)?2019-02-12T14:04:44+02:00

Sí. La  acreditación  de PROFESOR CONTRATADO DOCTOR le faculta para poder ser contratado también en las figuras de Profesor Ayudante Doctor y Profesor de Universidad Privada.

¿Cuánto tiempo tarda ANECA en resolver una solicitud?2019-02-12T14:04:08+02:00

ANECA debe evaluar las solicitudes en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de recepción en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

 

¿Cómo funcionan las comisiones de acreditación de la ANECA?2019-02-12T14:03:24+02:00

En cada una de las comisiones, la decisión se toma colegiadamente, previa discusión a partir del informe de dos ponentes.

¿La evaluación positiva tiene plazo de caducidad?2019-02-12T14:03:05+02:00

No. Esta evaluación no está sujeta a plazo de caducidad alguno y tendrá efecto en todas las universidades españolas.

Si la evaluación es negativa, ¿puedo volver a solicitarla?2019-02-12T14:02:43+02:00

Sí. El interesado que haya obtenido una evaluación negativa podrá solicitar de nuevo dicha evaluación a partir de los seis meses contados desde la notificación del informe negativo.

¿Cómo recurrir una decisión negativa de su solicitud?2019-02-12T14:02:13+02:00

Ante la resolución de evaluación negativa, enviada por la SGU al interesado, éste podrá recurrir en alzada ante el Secretario General de Universidades del Ministerio de Educación en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación. Transcurrido este plazo, la Resolución de la Secretaría General de Universidades será firme a todos los efectos. No obstante, y de acuerdo con el Real Decreto 1052/2002 de 11 de octubre, el interesado que haya obtenido una evaluación negativa, puede solicitar una nueva evaluación para la figura que fue denegada, en el plazo de seis meses a contar desde la recepción de la notificación de la Secretaría General.

¿Quién examina mi reclamación? ¿La examina la misma comisión que denegó mi solicitud?2019-02-12T14:01:22+02:00

No. Existen comisiones específicas de reclamación. Su reclamación va a una comisión de reclamaciones, que es diferente a la comisión de evaluación.

¿Si me acredito en una categoría superior no me sirve para ninguna categoría inferior?2019-02-12T14:00:55+02:00

La evaluación positiva para la figura contractual de Profesor Contratado Doctor cualificará automáticamente para poder ser contratado en las figuras de Profesor Ayudante Doctor y Profesor de Universidad Privada.

 

Para solicitar una nueva evaluación en ANECA, ¿es necesario volver a adjuntar toda la documentación? ¿cómo debo hacerlo?2019-02-12T14:00:31+02:00

No es necesario que envíe de nuevo toda la documentación. El proceso que debe seguir es el siguiente:

1.-Actualice, en el CV que ha rellenado a través de la aplicación informática, los méritos nuevos que desee hacer constar.

2.-En esta misma Web, debe crear una nueva solicitud y validarla.

3.-Justifique documentalmente los méritos nuevos añadidos en su CV.

4.- Haga definitiva la solicitud consolidándola en la aplicación.

 

¿Cómo se justifican los méritos alegados en el cv?2019-02-12T13:59:42+02:00

Todos los mértitos deberán ser acreditados mediante la aportación de la documentación pertinente, según las instrucciones que se detallan a continuación. Los documentos justificativos deberán incorporarse a la aplicación informática, entrando en el apartado Documentación Acreditativa y seleccionando en el desplegable Tipo de Documentación la categoría que le corresponda.

 

I. EXPERIENCIA INVESTIGADORA

I.1.Publicaciones científicas

I.1.A. Artículos en revistas

  •  Copia de la primera y última página del artículo.
  •  Copia de la(s) página(s) del índice del número o volumen de la revista (en el caso de que no figure en la primera página del artículo).
  •  En el caso de artículos en revistas no indexadas, aportar la acreditación de los denominados «otros indicios de calidad»

I.1.B. Libros y capítulos de libro

  •  Copias de portada y título, autores (o editores), créditos del libro (editorial, ISBN…), índice, año de publicación.
  •  En el caso de capítulos de libros, incluir además: primera y última página del capítulo, así como el índice de capítulos en el que figure la contribución del solicitante.

 

I.2 Participación en proyectos de investigación y/o en contratos de I+D

  •  Copia del documento oficial de concesión.
  •  Copias firmadas por la universidad o el responsable del proyecto en las que figure la documentación que soporte los datos incluidos en el CV.

 

I.3 Patentes y otros resultados de la investigación, especialmente los que produzcan transferencia tecnológica al sector productivo

  •  Copia de los documentos oficiales de registro y concesión.
  •  Copia de los documentos que acrediten la explotación de patentes.
  •  Copia de los documentos que acrediten la transferencia de tecnología y otros resultados de I+D.

 

I.4 Tesis doctorales dirigidas

  •  Certificado de la universidad en el que se incluya: nombre del doctor, título de la tesis, director(es), mención de doctorado europeo (en su caso) y mención de calidad del programa en el que se ha inscrito la tesis (en su caso).

 

I.5 Obras artísticas

  •  Original (o copia) del folleto de la exposición.
  •  Copia del catálogo publicado (carátula, índice, primera y última páginas).
  •  Copias justificativas, en su caso, de premios recibidos, publicaciones

 

I.6 Contribuciones a congresos y conferencias científicas

  •  Copia del resumen presentado.
  •  Copia que acredite el tipo de participación.
  •  En caso de publicación: copia de la carátula e índice y créditos de la editorial (ej. ISBN/ISSN), primera y última páginas de la contribución.
¿Se puede consignar un mismo mérito en diferentes apartados?2019-02-12T13:57:49+02:00

Al inicio del modelo de CV se indica que “un mérito susceptible de ser evaluado en dos apartados sólo podrá presentarse en uno de ellos”, por este motivo, el solicitante debe seleccionar la ubicación que le sea más favorable.

¿Puedo presentar como mérito una publicación que ha sido aceptada, pero aún no ha aparecido publicada?2019-02-12T13:57:03+02:00

Sí En caso de estar aceptada pero pendiente de publicación, presentar carta de aceptación de la Editorial o del Comité responsable.  Los correos electrónicos no son válidos.

¿Qué ocurre con un artículo que no esté publicado en revista indexada?2019-02-12T13:56:35+02:00

En el caso de que el artículo esté publicado en una revista no indexada, el solicitante deberá comentar si la revista cumple con los siguientes requisitos:

– Calidad informativa: identificación de los Comités editoriales y científicos, instrucciones a autores, información sobre el proceso de evaluación y selección de manuscritos, traducción de sumarios, títulos de los artículos, palabras claves, resúmenes en inglés y publicación de datos del proceso editorial.

– Calidad del proceso editorial: periodicidad, regularidad, arbitraje científico, revisores, anonimato en la revisión, instrucciones para la revisión, comunicación motivada de las decisiones, consejos de redacción y asesor.

– Calidad científica: porcentaje y tasa de aceptación de artículos de investigación. De autores no vinculados a la Intitución editora.

– Calidad de difusión y visibilidad: inclusión en bases bibliográficas, publicación en más de una lengua, repertoriios vinculados a la especialidad, etc..

¿Qué ocurre con un libro o capítulo de libro en editorial no recogida y medida en SPI?2019-02-12T13:56:06+02:00

Los indicios de calidad se concretarían en los siguientes aspectos:

– Textos fruto de la investigación o de reflexión bien documentada.

– El prestigio de la editorial, la colección donde se publica la obra y los editores (en su caso). En todo caso, se valorará positivamente que exista un riguroso proceso de evaluación y selección de los originales.

– Número de citas recibidas.

– Las reseñas en revistas científicas especializadas.

¿Son evaluables las ediciones de textos en humanidades?2019-02-12T13:55:43+02:00

En el campo de Humanidades, y específicamente en el ámbito filológico, son valoradas como monografías las ediciones críticas acompañadas del aparato de variantes textuales, del pertinente análisis codicológico y de un estudio razonado de la fijación del texto, con las notas del mismo.

 

¿Para optar a la evaluación de Profesor Contratado Doctor o Profesor de Universidad Privada, hay que tener tres años de experiencia postdoctoral?2019-02-12T13:55:22+02:00

No, ese requisito desapareció con la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la LOU 6/2001, de 21 de diciembre. El único requisito actual para poder solicitar ser evaluado como PUP o como PCD es estar en posesión del título de Doctor.

Realicé el doctorado en una universidad extranjera, ¿es necesaria la homologación de dicho título?2019-02-12T13:55:00+02:00

Puede solicitar la evaluación por ANECA aunque su título no esté homologado en España pero el informe expedido por ANECA, no tendrá ninguna validez, en caso de ser favorable, hasta el momento en que usted haya obtenido la homologación del título de Doctor. No es necesario homologar el resto de títulos. Los títulos de doctor los homologan las universidades.

¿Se pueden incluir como mérito en el CV los artículos pendientes de publicación?2019-02-12T13:54:18+02:00

Sí, los trabajos pendientes de publicación (pero ya aceptados) se incluyen en el apartado «Publicaciones científicas» y/o «libros y capítulos de libro», según de lo que se trate. Para justificar este mérito debe aportar copia de la carta de aceptación de la editorial o comité responsable. Los correos electrónicos no son válidos.

¿Se pueden señalar en el apartado “publicaciones científicas” los artículos publicados en revistas electrónicas?2019-02-12T13:53:43+02:00

Las publicaciones en revistas electrónicas se señalan en el apartado «Publicaciones científicas con proceso anónimo de revisión por pares», igual que si se tratara de una publicación clásica en formato papel. Para justificar documentalmente estas publicaciones debe adjuntar impresión del índice de la publicación y los créditos del material electrónico, e indicar la referencia explícita a la Web donde se puede consultar su artículo.

¿En qué apartado se señalan las reseñas publicadas en revistas científicas?2019-02-12T13:53:26+02:00

Este mérito debe incluirse en el apartado “Otros méritos relevantes de investigación no incluidos en los apartados anteriores”.

¿En qué apartado deben reflejarse las recensiones de libros?2019-02-12T13:52:54+02:00

Las recensiones o reseñas deben consignarse en el apartado “Otros méritos relevantes de investigación no incluidos en los apartados anteriores”.

 

¿Se pueden señalar los artículos de divulgación dentro del apartado “publicaciones científicas”?2019-02-12T13:52:37+02:00

Las publicaciones con fines divulgativos (artículos, libros, folletos de divulgación…) deben señalarse en el apartado “Otros méritos”. Como hay dos epígrafes: «Otros méritos docentes» y «Otros méritos de investigación», tiene que ser el solicitante el que decida la orientación, ya que la divulgación puede tener las dos vertientes.

¿Qué es un artículo de revisión?2019-02-12T13:52:10+02:00

Se trata de una recopilación crítica sobre una temática o una puesta al día (state of the art). No implica trabajo experimental.

¿Qué es una revista indexada?2019-02-12T13:51:51+02:00

Una revista indexada es una publicación incluida en bases de datos comerciales y que cumple ciertos criterios de calidad, tales como la calidad del contenido de la investigación, las características técnicas o formales, y el factor de impacto (media de veces que en un año determinado fueron citados los artículos publicados por esta revista en los dos años anteriores).

¿Se debe señalar en todas las publicaciones el índice de impacto de la revista?, ¿hay alguna base datos en Internet que lo facilite?2019-02-12T13:51:29+02:00

El apartado indicios de calidad de una publicación no es un campo de obligado cumplimiento, pero sí recomendable. En caso de que conozca el índice de impacto es conveniente que lo señale. Para algunos campos de conocimiento las revistas indexadas pueden consultarse a través de la Web ISI WEB OF KNOWLEDGE. http://www.accesowok.fecyt.es/.

¿Dentro del apartado indicios de calidad, qué año se debe considerar para calcular el factor de impacto de una publicación?2019-02-12T13:50:50+02:00

Debe indicar el índice de impacto de la revista en el año en que se realizó la publicación, o en su defecto del año más cercano.

¿Qué se entiende por número de citas y cómo se calculan?2019-02-12T13:50:27+02:00

Los índices de citas expresan el número de veces que un autor o una publicación han sido citados durante un determinado periodo de tiempo a partir de su publicación. Para calcular el número de citas de una publicación científica hay que consultar la publicación elaborada anualmente por el Institute for Scientific Information, ISI Journal Citation Reports (JCR):

http://www.accesowok.fecyt.es/login/ o puede dirigirse a los servicios de biblioteca de su universidad.

 

Dentro de dicha base de datos:

Seleccione la base de datos Web of Science.

Seleccione la búsqueda por referencia citada “Cited Reference Search”.

Escriba el apellido del autor y el título abreviado del libro o revista del cual desea obtener información del número de citas obtenido.

Marque las casillas de los ítems de los cuales desea ver las citas. Cada línea es una cita que se ha realizado, puesto que se puede citar una obra entera o una página concreta.

Cuando se hayan marcado las obras de las cuales desea obtener información debe hacer clic en Finish Search.

Aparecerá un listado con los resultados de artículos que citan dicha obra, dentro de cada uno de ellos aparece el número de citas “Times cited”.

¿Cómo obtener el área en el que se encuentra una publicación y qué lugar ocupa en la clasificación o en qué cuartil se encuentra?2019-02-12T13:49:31+02:00

Para conocer el área y cuartil de una publicación hay que consultar la publicación elaborada anualmente por el Institute for Scientific Information, ISI Journal Citation Reports (JCR):

http://www.accesowok.fecyt.es/login/

 

Dentro de dicha base de datos:

  • Escoja la edición: JCR Science Edition o JCR Social Sciences Edition (dentro del apartado Select a database o Additional Resources).
  • Seleccione la edición JCR Science Edition o JCR Social Sciencies Edition y elija el año de publicación de la revista. Seleccione Search for a specific journal.
  • Entre en la ficha de la revista y puede ver en qué categorías se encuentra (Subject Categories) y su factor de impacto.
  • Seleccione View Journal Summary List.
  • Ordene las revistas por factor de impacto: “sorted by Impact Factor” y haga clic en Sort again.
  • Dentro del listado de publicaciones debe buscar en qué posición se encuentra la revista de la cual quiere obtener información, y hacer el cálculo de a qué cuartil corresponde en función del número total de publicaciones obtenidas.
En el caso de participación en proyectos como miembro del equipo (no como Investigador Principal). ¿Es necesario presentar la copia del documento oficial de concesión además de la certificación del responsable del proyecto donde dice que he sido contratado?2019-02-12T13:49:08+02:00

Siempre que sea posible es necesario ajustarse a lo señalado en la Guía de ayuda al solicitante para la justificación de méritos del CV. En el caso de no ser el investigador principal se puede presentar únicamente, para justificar el mérito, la copia firmada por la universidad o el responsable del proyecto en las que figure la documentación que justifique los datos incluidos en el CV.

La participación en congresos, cuando los resúmenes han sido publicados en revistas científicas, ¿se consideran dichos abstracts como publicaciones y, por tanto, se incluyen en el apartado de artículos en revistas?2019-02-12T13:48:43+02:00

Si se trata de una participación en Congresos se debe señalar en el apartado creado al efecto, es decir, «Contribuciones a congresos y conferencias científicas». En este punto hay además un apartado para los casos en que hayan sido publicadas las contribuciones, donde podrá señalar el ISSN o ISBN de dicha publicación.

 

¿Qué diferencia hay entre una ponencia y una ponencia invitada, en un congreso?2019-02-12T13:48:21+02:00

«Ponencia» es una propuesta de un científico que puede o no ser aceptada por el Comité Organizador de un Congreso, mientras que «ponencia invitada» implica que el Comité Científico Organizador ha tomado la iniciativa de contar con un experto.

Cuando la participación en un congreso ha sido con una comunicación oral ¿Qué opción se debe seleccionar en el CV?2019-02-12T13:47:49+02:00

Una comunicación oral en un congreso es equivalente a una ponencia.

¿Cómo justifico y autoevalúo mi docencia en el campo de 4000 caracteres de la aplicación?2019-02-12T13:47:17+02:00

Destaque los siguientes aspectos

  • Antigüedad acreditada por hoja de servicios;
  • Evaluaciones positivas;
  • Diversidad de materias y variedad de docencia en ciclos diferentes de enseñanza reglada: grado, máster, seminarios especializados;
  • autor curso online en plataformas de prestigio (OCW, EdX, Coursera..);
  • Director de PFC, TFG, TFM, DEAS ;
  • Autor de publicaciones docentes en revistas indexadas;
  • Dirección de tesis doctorales que hayan generado aportaciones relevantes;
  • Participación en congresos docentes de calidad;
  • Proyectos de innovación docente competitivos con resultados contrastables;
  • Movilidad docente;
  • Docencia no reglada y cuantos otros aspectos crea necesario.
En el apartado «Puestos ocupados y docencia impartida», ¿qué se debe señalar en el punto “número de horas impartidas por curso” si se ha impartido diferente número de horas en diferentes cursos?2019-02-12T13:46:55+02:00

En el apartado “Puestos ocupados y docencia” dentro de la experiencia docente, debe rellenar una única ficha por cada asignatura impartida. En el campo Nº de horas por curso, señale el número de horas medio de todos los años.

Cuando se ha impartido la misma asignatura desde diferentes puestos, ¿cómo se cumplimenta en el CV?2019-02-12T13:46:37+02:00

En el apartado “Puestos ocupados y docencia” dentro de «Experiencia Docente», debe rellenar una ficha por cada asignatura impartida. En este caso, en el campo Denominación del puesto señale los diferentes puestos desde los que ha impartido esta asignatura de manera cronológica, separados por barras /.

¿Dónde se deben indicar los cursos impartidos tipo “extensión universitaria” (cursos cero, cursos de verano), así como los cursos en empresas e instituciones y cursos de especialización?2019-02-12T13:45:27+02:00

Deben indicarse en el apartado «Otros méritos docentes no incluidos en los apartados anteriores».

¿Dónde debo consignar los cursos impartidos que versen sobre metodología docente?2019-02-12T13:45:02+02:00

Debe señalarlos en el apartado «Cursos y seminarios impartidos orientados a la formación docente universitaria».

¿Qué diferencia hay entre los cursos que se deben señalar en el apartado “cursos y seminarios recibidos y participación en congresos orientados a la formación docente universitaria”, dentro de la experiencia docente, y los que deben señalarse en el apartado “cursos y seminarios de especialización”, dentro de la formación académica?2019-02-12T13:44:36+02:00

En el apartado I.10. “Cursos y seminarios recibidos y participación en congresos orientados a la formación docente universitaria” debe indicar los cursos recibidos sobre metodología docente, es decir cursos cuyo objetivo es la mejora de la práctica docente (por ejemplo, cursos tipo CAP).

 

Por otro lado, los I.19. “Cursos y seminarios de especialización” (excluidos los correspondientes al programa de doctorado) son aquellos cursos recibidos con contenidos propios de su campo de conocimiento cuyo objetivo es mejorar los conocimientos sobre una materia concreta.

¿En qué apartado del CV debería incluir la dirección de Proyectos Fin de Carrera?2019-02-12T13:44:04+02:00

La dirección de Proyectos Fin de Carrera o TFG, debe señalarse en el apartado II.6. del CV: «Otros méritos docentes no incluidos en los apartados anteriores».

¿Cómo puedo obtener la nota media de mi expediente académico?2019-02-12T13:43:38+02:00

La nota media debe justificarse documentalmente, por lo que se recomienda que solicite un certificado sobre este aspecto a la Secretaría del centro correspondiente. De cualquier forma, para calcular la nota media, deberá aplicar la fórmula aditiva basada en otorgar: 4 puntos: Matrícula de Honor, 3 puntos: Sobresaliente, 2 puntos: Notable, 1 punto: Aprobado. Una vez seleccionado el baremo, podrá así calcular la nota media del expediente, sumando los puntos conseguidos y dividiendo por el número de materias.

¿En qué apartado del CV debería incluir la tesina de Licenciatura?2019-02-12T13:43:20+02:00

La tesina de la Licenciatura debe señalarse en el apartado del CV «Otros méritos relevantes de investigación no incluidos en los apartados anteriores».

¿En qué apartado del CV se deben incluir los cursos de doctorado y el Diploma de Estudios Avanzados?2019-02-12T13:42:59+02:00

Debe señalarse en el apartado del CV «Otros méritos relevantes de investigación no incluidos en los apartados anteriores».

En las ayudas y becas, y en las estancias en centros extranjeros hay que poner el número de meses: ¿Qué pongo cuando la ayuda es inferior a un mes?2019-02-12T13:42:40+02:00

La aplicación sólo permite poner un número entero mayor de cero, por lo que puede señalar un mes cuando la estancia haya sido de duración inferior a un mes, y redondee al número entero más cercano en el resto de los casos. El Comité al comprobar la documentación justificativa de los méritos que debe acompañar al CV, podrá ver la duración real de cada una de las estancias.

¿En qué apartado del CV se deben señalar las prácticas en empresas?2019-02-12T13:41:55+02:00

Si las prácticas en empresas han sido financiadas a través de alguna ayuda, debe detallarlo en el apartado “Ayudas y becas”. Si no es así y han estado dentro del periodo de formación universitaria, debe indicarlo en el apartado general «Otros méritos relevantes que el solicitante desea hacer constar no incluidos en apartados anteriores».

¿Dónde se señalan los cursos de idiomas?2019-02-12T13:41:15+02:00

Los cursos de idiomas (siempre que la docencia que se pretenda acreditar no esté relacionada con ellos) deben señalarse en el apartado «Otros méritos relevantes que el solicitante desea hacer constar».

¿Qué se debe mencionar en el apartado de «autoevaluación»?, ¿tiene que ser extensa la exposición?2019-02-12T13:40:58+02:00

En el apartado de “Autoevaluación” debe hacer un comentario crítico de los méritos más importantes de su CV. No se trata de enumerar los méritos que están reflejados en los ítems del CV, sino de engarzarlos en una línea coherente de investigación, señalar los puntos fuertes y también los puntos débiles, justificando carencias que a su juicio pueda tener su trayectoria docente, investigadora y profesional. La extensión máxima que permite este apartado es el equivalente a 2800 caracteres (con espacios).

¿Se tienen en cuenta los méritos predoctorales?2019-02-12T13:40:36+02:00

La valoración del CV es global, y por tanto también se contabilizan los méritos predoctorales. En la figura de Profesor Contratado Doctor, se valoran preferentemente los méritos postdoctorales, aunque los predoctorales también serán considerados.

En caso de haber escrito un capítulo de libro, ¿dónde debo indicar el título del capítulo?2019-02-12T13:40:15+02:00

En caso de tratarse de un capítulo de libro, seleccione la clave Capítulo de libro. En Título escriba el del capítulo, indicando el número del mismo en caso de que lo hubiera, y entre paréntesis añada el título del libro completo. Si ha escrito varios capítulos sepárelos mediante barras /. En las páginas haga lo mismo, sepárelas por una barra /.

¿Dónde debo consignar los cargos unipersonales o de gestión universitaria ocupados?2019-02-12T13:39:49+02:00

Debe consignar ese mérito en el apartado “Otros méritos docentes”.

 

¿Dónde debo incluir las monografías?2019-02-12T13:39:09+02:00

Indíquelas en el subapartado “Libros” dentro de “Publicaciones científicas” y en el campo Título, a continuación del mismo, indique que se trata de una monografía.

¿Si mi tesis doctoral ha sido publicada puedo consignarla en el apartado “Publicaciones científicas”?2019-02-12T13:38:52+02:00

En principio debe consignar ese mérito en el apartado “Otros méritos de investigación”. Sólo en el caso de que la publicación derivada de la tesis sea una monografía que haya supuesto una profunda revisión y cambios sustanciales en la misma, podrá indicarlo en el apartado “Publicaciones científicas”.

¿Dónde debo incluir haber formado parte de un tribunal de tesis?2019-02-12T13:38:35+02:00

Debe consignar ese mérito en el apartado “Otros méritos de investigación”.

¿Cuál es el baremo para la acreditación como Ayudante Doctor?2019-02-12T13:38:08+02:00

Para obtener la evaluación positiva ha de cumplirse la siguiente condición: conseguir un mínimo total de 55 puntos sobre 100 como suma de todos los apartados.

¿Cuál es el baremo para la acreditación como Profesor Contratado Doctor y Profesor de Universidad privada?2019-02-12T13:37:05+02:00

Para obtener la evaluación positiva ha de cumplirse la siguiente condición: conseguir un mínimo total de 55 puntos sobre 100 como suma de todos los apartados.

¿Qué puntuación necesito para acreditarme como Ayudante Doctor?2019-02-12T13:34:44+02:00

Necesita alcanzar un mínimo de 55 puntos como resultado de sumar  Experiencia investigadora (máx. 60 puntos) +  Formación académica, experiencia docente y experiencia profesional (máx. 35 puntos) + otros méritos

¿Qué puntuación necesito para acreditarme como Contratado Doctor?2019-02-12T13:34:21+02:00

Necesita alcanzar un mínimo de 55 puntos como resultado de sumar  Experiencia investigadora (máx. 60 puntos) +  Experiencia docente  (máx, 30)  +  Formación académica y experiencia profesional (máx. 8 puntos) + otros méritos.

¿Qué es un sexenio?2019-01-30T11:39:02+02:00

Seis años de investigación reconocidos por el CNEAI (Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad), previa aportación de evidencias de calidad para cinco publicaciones más relevantes producidas a los largo de los años sometidos a evaluación.

¿Quién puede solicitar sexenios?2019-01-30T11:50:15+02:00

Los funcionarios de carrera e interinos de los cuerpos docentes universitarios y de los organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado.

¿Es necesario que los años de evaluación de sexenios sean consecutivos?2019-01-30T11:50:50+02:00

No. Se pueden someter a evaluación seis años de, por ejemplo, un total de diez (por ejemplo 2002, 2002, 2004, 2005, 2006 y 2008). Pero los años no incluidos entre el primero de la solicitud y el último quedan inhábiles para futuras solicitudes.

¿Qué méritos o aportaciones se someten a evaluación?2019-01-30T11:52:08+02:00

La totalidad de la actividad investigadora y, especialmente, las publicaciones realizadas durante los años para los que se pide evaluación. Todas las aportaciones deberán está efectivamente publicadas antes del 31 de diciembre del último año evaluable. NO se admiten publicaciones en prensa.

¿Qué puntuación necesito alcanzar par obtener un sexenio?2019-01-30T11:52:48+02:00

30 puntos, lo que exige que cada aportación sea valorada al menos con un 6, aunque la comisión evaluadora decidirá si acepta una compensación entre las publicaciones presentadas. Puede ser que una no alcance el 6, pero sea compensada por otra con una mayor puntuación.

¿Puedo presentar como aportación para un sexenio una publicación en prensa?2019-01-30T11:53:21+02:00

No. Todas las aportaciones deberán estar efectivamente publicadas. En revistas, libros u otras obras que cuenten con edición digital e impresa, las aportaciones se entenderán publicadas sólo cuando hayan aparecido en este segundo formato.

Si una aportación se produce en un medio que cuenta con edición digital e impresa y ha aparecido la edición digital, pero no la impresa, ¿es apropiada para presentar a evaluación?2019-01-30T11:53:52+02:00

No. Todas las aportaciones deberán estar efectivamente publicadas. En revistas, libros u otras obras que cuenten con edición digital e impresa, las aportaciones se entenderán publicadas sólo cuando hayan aparecido en este segundo formato.

¿Qué se entienden por indicios de calidad?2019-01-30T11:54:58+02:00

Los «indicios de calidad» de la investigación podrán consistir en:

  1. Relevancia científica del medio de difusión en el que se haya publicado cada aportación. En las disciplinas en las que existan criterios internacionales de calidad de las publicaciones, estos serán referencia inexcusable.
  2. Referencias que otros autores realicen, en trabajos publicados, a la obra del solicitante (CITAS), que sean indicativas de la importancia de la aportación o de su impacto en el área.
  3. Apreciación, expresada sucintamente, del propio interesado sobre la contribución de su obra al progreso del conocimiento, así como del interés y creatividad de la aportación.
  4. Datos sobre la explotación de patentes o modelos de utilidad.
  5. Reseñas recibidas en revistas especializadas.
¿Los años de investigación fuera de Europa pueden ser objeto de evaluación para un sexenio?2019-01-30T11:55:22+02:00

Sí. Pero el solicitante deberá acreditar convenientemente su vinculación o estancia en una universidad o centro de investigación, así como  el tiempo de vinculación (con fecha de inicio y finalización) y el trabajo desarrollado.

En caso de denegación de un sexenio, ¿puedo aportar a una nueva solicitud publicaciones presentadas ya en el denegado?2019-01-31T10:32:32+02:00

Sí, pero solo de tres años (que no tienen por qué ser consecutivos). Se recomienda que se presenten los tres años en los que haya aportaciones que la comisión haya aprobado (mínimo un 6).

¿Puedo solicitar más de un sexenio en una misma convocatoria?2019-01-30T11:56:54+02:00

Sí. Si sus aportaciones cumplen de forma indudable los criterios (por ejemplo, las 5 aportaciones son artículos en revistas Q1) puede pedir dos sexenios a la vez. Si no está seguro, estratégicamente es mejor pedir primero uno y, al año siguiente, el segundo. La razón es sencilla: si solicito, por ejemplo, el sexenio 2007-2012 y el 2013-2018, y resulta aprobado sólo el último, el período 2007-2012 ya no podrá volver a ser sometido a evaluación. Si ha solicitado solo el primero, puede recuperar tres años de los sometidos a evaluación.

¿Dónde está la aplicación para la presentación telemática de la solicitud de sexenios?2019-01-30T10:44:17+02:00

Los impresos y anexos serán cumplimentados y enviados por vía telemática, usando los medios disponibles en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. https://sede.educacion.gob.es/sede

¿Toda la documentación para solicitud de sexenios ha de entregarse telemáticamente?2019-01-30T10:49:29+02:00

No. Existen dos formas:

  1. Entrega telemática, si el interesado dispone de certificado reconocido de firma electrónica. Esta presentación en el Registro se realizará usando la misma aplicación informática que se utiliza para cumplimentar y enviar los impresos.
  2. Mediante Regist, si el interesado no dispone del certificado de firma electrónica. En este caso, deberá en primer lugar completar por vía telemática los diversos documentos que componen su solicitud y, tras confirmarla, deberá imprimir la hoja de solicitud y presentarla, debidamente firmada y por duplicado, en los registros oficiales, por ejemplo los registros de las Universidades públicas comoquiera que las Universidades públicas tienen la consideración de sector público institucional.
¿Cómo debo rellenar la solicitud y qué documentos debo subir a la aplicación de CNEAI para la solicitud de sexenios?2019-01-30T11:58:55+02:00
  1. Subir cada una de las cinco aportaciones objeto de evaluación (+ dos sustitutorias opcionalmente). Se deberá adjuntar de cada una de ellas un PDF con toda la publicación o, por lo menos: portada, página de créditos, índice, página inicial y página final.
  2. Un «breve resumen» en castellano, con el máximo que establece la aplicación telemática (4.000 caracteres con espacios), que contenga los objetivos y resultados más sobresalientes de la investigación. Se podrán sustituir los resúmenes individualizados por uno solo que se refiera a todas ellas.
  3. Asimismo, el solicitante deberá aportar los «indicios de calidad» de la investigación (máximo 4.000 caracteres con espacios).
  4. Currículum vítae completo. Se recomienda que el currículum vítae incluya exclusivamente las actividades de investigación, desarrollo e innovación.
  5. Hoja de servicios original actualizada del período cuya evaluación se solicita.
¿Existe una dirección de apoyo y ayuda para la solicitud?2019-01-30T12:00:23+02:00

Los solicitantes podrán dirigirse a soporte.sede@mecd.es, en horario de lunes a jueves de 9:00 horas a 18:00 horas y viernes de 8:30 horas a 15:30 horas, para consultas relacionadas con la aplicación informática.

¿Puedo hacer un seguimiento de mi solicitud?2019-01-30T10:54:57+02:00

Sí. A través de la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades se podrán obtener duplicados de los justificantes de los escritos presentados por registro electrónico (https://sede.educacion.gob.es/sede, apartado «Mis justificantes registro electrónicos»).

¿Los funcionarios que se encuentren en excedencia para atender el cuidado de uno o varios hijos, o de un familiar que se encuentre a su cargo podrán contar estos años entre los que contempla su solicitud de sexenios?2019-01-30T12:01:37+02:00

Sí. Podrán incluir en su solicitud de evaluación de sexenios los años –y las aportaciones publicadas en dichos años– en que hayan permanecido en dicha situación administrativa de excedencia.

¿Puede solicitar sexenio un funcionario en comisión de servicios o en servicios especiales?2019-01-29T13:10:52+02:00

Sí, pero los derechos económicos no se devengarán hasta el momento de su reingreso a la Universidad en régimen de dedicación a tiempo completo.

¿Puede solicitar sexenio un funcionario en situación de supernumerario o de excedencia voluntaria?2019-01-29T13:11:33+02:00

Sí, pero los derechos económicos no se devengarán hasta el momento de su reingreso a la Universidad en régimen de dedicación a tiempo completo.

¿Puede solicitar sexenio un funcionario con dedicación a tiempo parcial?2019-01-30T12:02:47+02:00

Sí, pero los derechos económicos no se devengarán hasta el momento en pasen a un régimen de dedicación a tiempo completo.

¿Qué leyes regulan la solicitud de sexenio?2019-02-06T11:56:56+02:00

Cada año se publica en noviembre una Resolución que se atendrá a lo dispuesto en:

  • La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • El Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del Profesorado universitario.
  • La Orden de 2 de diciembre de 1994, por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora de los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios (BOE del 3), modificada por la Orden de 16 de noviembre de 2000 (BOE del 21).
  • La Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de 5 de diciembre de 1994 (BOE del 8), modificada por la Resolución de 26 de diciembre de 2000, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades (BOE del 30), por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora realizada por los funcionarios de las Escalas de Profesores de Investigación, Investigadores Científicos y Científicos Titulares del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).
  • La disposición final vigésima sexta de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 (BOE de 26 de diciembre de 2013).
¿Cuál es el plazo previsto para la resolución?2019-01-30T12:04:29+02:00

Las comisiones evaluadoras han de comunicar a los solicitantes el resultado de la evaluación en un plazo máximo de seis meses, desde la fecha de apertura de la convocatoria.

¿Cuándo puedo acogerme a los beneficios derivados de los principios y directrices que ANECA y sus comisiones y comités aplicarán para garantizar la equidad y la igualdad de oportunidades en los diferentes procesos de evaluación del profesorado y personal investigador?2020-12-28T13:58:22+02:00

 

Podrá acogerse a dichos beneficios en las siguientes situaciones (lo que deberá acreditarse adecuadamente):

a) Permisos por maternidad o paternidad;

b) Excedencias por el cuidado de hijos/as, por el cuidado de familiares en primer grado dependientes que estén a su cargo; por razón de violencia de género y por razón de violencia terrorista previstas en el artículo 89.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público;

y c) Bajas por larga enfermedad.

¿Cómo se traducen estos principios en la evaluación de la investigación?2020-12-28T14:00:17+02:00

En la valoración de la actividad investigadora, siempre que se valoren méritos enmarcados en un determinado periodo, se aplicará una ampliación de dicho periodo de evaluación por tiempo idéntico al de la referida situación de permiso, excedencia o baja.

¿Qué principios o medidas de acción incluye ANECA para garantizar equidad e igualdad de oportunidades en acreditación y evaluación de sexenios?2021-01-05T11:31:06+02:00

ANECA ha adoptado medidas de acción positiva que garanticen que sus comités y comisiones aplican criterios de equidad y de igualdad de oportunidades en la evaluación de sexenios y en los diferentes procesos de evaluación del profesorado que son de su competencia (programas ACADEMIA y PEP)

Podrás acceder a la resolución en el siguiente botón:

¿Qué son los sexenios de transferencia?2019-01-30T11:40:26+02:00

En los sexenios de transferencia se evalúan 5 méritos y aportaciones de transferencia de conocimiento a agentes sociales o económicos en (al menos) dos de las siguientes categorías:

  1. Transferencia a través de la formación de investigadores.
  2. Transferencia de conocimiento propio a través de la actividad con otras instituciones.
  3. Transferencia generadora de valor económico.
  4. Transferencia generadora de valor social.
¿Quién puede solicitar un sexenio de transferencia?2019-01-30T11:40:52+02:00

Para las solicitudes del año 2018, quienes deseen solicitar un tramo de transferencia del conocimiento (proyecto-piloto) deberán haber obtenido un tramo de investigación antes del 31 de diciembre de 2018.

¿Qué años puedo someter a evaluación para sexenios de transferencia?2019-01-30T11:41:56+02:00

Todos los años desde el inicio de la carrera universitaria, aunque algunos ya hayan sido evaluados en sexenio de investigación. Pero si se solicita a partir de 2010, ya no podrá en futuras convocatorias solicitarse evaluación de los años anteriores.

¿Puedo presentar un año para sexenio de trasferencia que esté evaluado positivamente en un sexenio de investigación?2019-01-30T11:42:25+02:00

Sí, pero ha de ser con una aportación distinta. Es decir, una misma aportación no puede ser evaluada en sexenio de investigación y en sexenio de transferencia.

Si un contrato ha durado varios años, ¿qué año debo poner?2019-01-30T11:42:53+02:00

El primero, el de la firma del contrato.

¿Tienen que ser necesariamente cinco aportaciones?2019-01-30T11:43:28+02:00

Se contempla que puedan ser menos de cinco aportaciones, excepcionalmente, si una de ellas es de especial relevancia.

¿En formación de investigadores, entran los contratos predoctorales de investigación?2019-01-30T11:43:58+02:00

No. Se trata de formación en transferencia (no solo en investigación). Por tanto, no entran FPI o FPU. Solo se contempla investigadores contratados en proyectos con empresas e instituciones para hacer transferencia. Se trata de programas especiales, como becas o contratos Torres Quevedo.

¿Puedo aportar la organización de congresos?2019-01-30T11:44:43+02:00

NO.

¿Se considera la pertenencia a comités de alta relevancia, como comités científicos de revistas?2019-01-30T11:45:34+02:00

NO.

¿Qué entra en el apartado 2. Trasferencia del conocimiento propio a través de actividades con otras instituciones?2019-01-30T11:45:57+02:00

Comisiones de servicios, servicios especiales, Presidencia de entidades sin ánimo de lucro (sí cuentan, pero hay que justificar en qué ha consistido la trasferencia).

¿Qué entra en el apartado 3. Trasferencia generadora de valor económico?2019-01-30T11:46:14+02:00

Creación o pertenencia a spin-off, artículo 83, convenios o contratos con instituciones, empresas, sociedades o asociaciones sin ánimo de lucro…

¿Qué entra en el apartado 4. Trasferencia generadora de valor social?2019-01-30T11:46:40+02:00

Convenios o contratos con instituciones, empresas, sociedades o asociaciones sin ánimo de lucro…, para actividades de especial valor social. Hay dos subapartados:

    1. Subapartado de Publicaciones de difusión (libros, capítulos de libros o artículos): para el caso de los libros, capítulos de libros y artículos, el solicitante tendrá que indicar la editorial de la publicación o revista, autoría, número de páginas, número de ejemplares vendidos, los indicios de calidad del medio y los indicios de calidad de la publicación.
    2. Difusión profesional: entran elaboración de informes para agentes sociales, protocolos, guías clínicas, códigos de práctica, productos creativos o culturales, traducciones, la participación en la elaboración de leyes y reglamentos.
¿Cómo puedo acceder a la aplicación?2019-01-30T11:46:58+02:00
¿Cómo proceder para recurrir un sexenio denegado?2019-01-30T11:28:33+02:00

El solicitante que no esté conforme con la denegación podrá presentar, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo de este tipo de recursos es de 1 mes y deberá presentarse en papel en un registro oficial, dirigido a  Director de ANECA – Presidente de CNEAI, C/ Los Madrazo, 15-17. 28071 Madrid

Contra los actos definitivos y de trámite cualificados que resulten del procedimiento al que la presente resolución se refiere podrán los interesados interponer los recursos administrativos o jurisdiccionales que en derecho procedan.

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