El solicitante que no esté conforme con la denegación podrá presentar, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo de este tipo de recursos es de 1 mes y deberá presentarse en papel en un registro oficial, dirigido a  Director de ANECA – Presidente de CNEAI, C/ Los Madrazo, 15-17. 28071 Madrid

Contra los actos definitivos y de trámite cualificados que resulten del procedimiento al que la presente resolución se refiere podrán los interesados interponer los recursos administrativos o jurisdiccionales que en derecho procedan.