No. Existen dos formas:

  1. Entrega telemática, si el interesado dispone de certificado reconocido de firma electrónica. Esta presentación en el Registro se realizará usando la misma aplicación informática que se utiliza para cumplimentar y enviar los impresos.
  2. Mediante Regist, si el interesado no dispone del certificado de firma electrónica. En este caso, deberá en primer lugar completar por vía telemática los diversos documentos que componen su solicitud y, tras confirmarla, deberá imprimir la hoja de solicitud y presentarla, debidamente firmada y por duplicado, en los registros oficiales, por ejemplo los registros de las Universidades públicas comoquiera que las Universidades públicas tienen la consideración de sector público institucional.