¿La evaluación positiva tiene plazo de caducidad?
No. Esta evaluación no está sujeta a plazo de caducidad alguno y tendrá efecto en todas las universidades españolas.
No. Esta evaluación no está sujeta a plazo de caducidad alguno y tendrá efecto en todas las universidades españolas.
Sí. El interesado que haya obtenido una evaluación negativa podrá solicitar de nuevo dicha evaluación a partir de los seis meses contados desde la notificación del informe negativo.
Ante la resolución de evaluación negativa, enviada por la SGU al interesado, éste podrá recurrir en alzada ante el Secretario General de Universidades del Ministerio de Educación en el [...]
No. Existen comisiones específicas de reclamación. Su reclamación va a una comisión de reclamaciones, que es diferente a la comisión de evaluación.
La evaluación positiva para la figura contractual de Profesor Contratado Doctor cualificará automáticamente para poder ser contratado en las figuras de Profesor Ayudante Doctor y Profesor de Universidad Privada. [...]
No es necesario que envíe de nuevo toda la documentación. El proceso que debe seguir es el siguiente: 1.-Actualice, en el CV que ha rellenado a través de la [...]
Todos los mértitos deberán ser acreditados mediante la aportación de la documentación pertinente, según las instrucciones que se detallan a continuación. Los documentos justificativos deberán incorporarse a la aplicación [...]
Al inicio del modelo de CV se indica que “un mérito susceptible de ser evaluado en dos apartados sólo podrá presentarse en uno de ellos”, por este motivo, el [...]
Sí En caso de estar aceptada pero pendiente de publicación, presentar carta de aceptación de la Editorial o del Comité responsable. Los correos electrónicos no son válidos.
En el caso de que el artículo esté publicado en una revista no indexada, el solicitante deberá comentar si la revista cumple con los siguientes requisitos: - Calidad informativa: [...]